La Ley de Propiedad Intelectual, más protegida gracias a un acuerdo entre el Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil y eGarante

La iniciativa consiste en un acuerdo del GDT de la Guardia Civil con eGarante para la certificación de contenidos web que podrán adjuntarse a la denuncia de un delito.

GDT eGarante
Grupo de delitos Telemáticos de la Guardia Civil
eGarante, sistemas de certificación

Esta medida, no solo favorece la denuncia de delitos contra la propiedad intelectual, pero está claro que los autores podemos vernos muy beneficiados por ella.

Hasta ahora, cuando se cometía un delito en La Red contra cualquier aspecto relativo a la Ley de Propiedad Intelectual, textos copiados, publicación de fotos sin autorización, sin firmar, o fotos retocadas sin consentimiento del autor, etc. los autores debíamos acudir a sistemas de copia y custodia de las páginas en las que se estaba cometiendo el delito, que a criterio de un juez, podían ser poco fiables como prueba pericial, pese a que reunieran todos los requisitos técnicos necesarios para ello.

Ante esta incertidumbre de dejar a criterio de un juez si la prueba era válida o no, la gran mayoría de los delitos quedaban impunes, sin rectificación y ni mucho menos sin la correspondiente compensación económica recogida por ley.

A partir de ahora, con este nuevo sistema de denuncia, es un cuerpo de la administración, el GDT de la GC, quien mediante un acuerdo con eGarante facilita la prueba pericial, con la tranquilidad de saber que un juez no dudará en reconocerle la consistencia que esta tiene.

Dado que en España, los delitos contra la propiedad intelectual se comenten por cientos o miles a diario, esta medida será sin duda una gran ayuda para persuadir de la comisión de este tipo de delitos y una gran herramienta para fotógrafos y todo tipo de autores que necesiten acudir a ella.

Resultaba extraño contemplar como una ley como la LPI, tan clara, y cuya vulneración estaba causando cuantiosos perjuicios económicos a miles de personas a diario y a una actividad económica básica para cualquier sociedad como es la creatividad, no se hubiera invertido casi nada desde la administración o al menos no tanto como en proteger otras leyes.

Procedimiento de denuncia


El proceso es muy fácil:

  1. Detectamos el presunto delito cometido en una página web
  2. Seguimos el sencillo proceso descrito en la web http://www.egarante.com/eg-web/
    1. Envía un correo electrónico a websigned@egarante.com poniendo en el asunto del correo la url (dirección de Internet) de la página a certificar
    2. eGarante realizará una copia del contenido de la página
    3. Lo incorporará a un pdf al que añade un sello de tiempo proporcionado por una entidad TSA reconocida para dejar constancia del momento en el que fue analizada la página
    4. Y lo firma electrónicamente para asegurar su inalterabilidad
    5. Posteriormente lo envía al emisor
    6. El pdf recoge el contenido visual de la página web remitida por el usuario
  3. Cumplimentamos la denuncia en https://www.gdt.guardiacivil.es/webgdt/denuncia.php
    1. Adjuntamos la url antes citada al texto de la denuncia
    2. Redactamos la denuncia
    3. Enviamos el formulario


Mensaje a los editores online


Entendemos por editores online cualquier persona, empresa o entidad que publica contenidos online visibles en Internet, entre los cuales nos incluimos el 99,99% de usuarios de Internet.

El mensaje es claro, dada la facilidad de denunciar delitos contra la LPI, urge el conocimiento de los textos de esta ley.

Recomiendo también el conocimiento de todo tipo de licencias, tanto las licencias Creative Commons como en su defecto el concepto de copyright.

Una llamada a la prudencia


Entiendo que muchos autores hemos visto constantemente vulnerados nuestros derechos y hemos asistido atónitos a que las faltas que se cometían contra nosotros quedaban, en el mejor de los casos, en una mera disculpa o en el peor, en una total ignorancia hacia nuestras peticiones.

A partir de ahora, hay que ser prudentes. Está claro que reclamar un derecho o denunciar un delito no tiene nada que ver con pedir venganza sino justicia, términos que en ocasiones se confunden, pero debemos ir con cautela antes de denunciar.

Debido a la enorme proliferación de delitos contra la propiedad intelectual que se comenten a diario y la más que absoluta impunidad en la que quedan todos ellos, la LPI ha sido una especie de Cenicienta de las leyes, ya que es difícil que la gente se interese por una ley cuyo incumplimiento no acarrea ninguna consecuencia. Pese a todo, está claro que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, pero el desconocimiento de esta ley es tan amplio y extendido, que nos corresponde ahora a nosotros, los autores, seguir difundiendo la LPI para continuar defendiendo nuestros derechos y evitar situaciones desagradables en un futuro próximo.

Bajo mi punto de vista, el procedimiento a seguir debería ser:
  1. Difusión del acuerdo entre el GDTGC y eGarante
  2. Facilitar el conocimiento y comprensión de la LPI a todos los editores
  3. En caso de incumplimiento de la ley:
    1. Realizar el punto 2 del procedimiento de denuncia (sin llegara a denunciar)
    2. Advertir al editor de los hechos.
      1. Si la reacción del editor es positiva, no tomar ninguna acción.
      2. Si la reacción del editor es negativa, advertir de la posibilidad de denuncia.
        1. Si reacciona positivamente, no tomar ninguna acción.
        2. Si reacciona negativamente, denunciar.
  4. En caso de reiteración seguir el paso 3.2.2
    1. Si continua la reiteración, aunque sea con buenas palabras, denunciar directamente.

Labor de difusión


Tanto autores como editores, debemos difundir los textos de la LPI y esta nueva facilidad para denunciar los delitos contra esta ley, para evitar situaciones repito, desagradables.

Recordemos que la mejor denuncia es aquella que no es necesario hacer.

Ver noticia original en la web del GDTCVa

Como siempre, y en especial en temas de estos tan controvertidos, agradezco enormemente vuestro feedback.

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